SANTO DOMINGO. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia ratificó la legalidad sobre la prohibición de la pena de muerte en el país, acogiendo el Protocolo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.
El tribunal declaró conforme con la Constitución de la República dicho Protocolo, aprobado en Asunción, Paraguay, el 8 de junio de 1990.
En consecuencia, estableció que no existe impedimento alguno para que el Poder Ejecutivo proceda a someterlo al Congreso Nacional para complementar los trámites constitucionales correspondientes.
El pronunciamiento del tribunal fue hecho a propósito de la comunicación núm. 9728, del 20 de septiembre, mediante la cual el presidente Leonel Fernández, sometió el Protocolo al control preventivo de la constitucionalidad.
El gobernante expuso que el objetivo es salvaguardar el derecho a la vida, mediante el compromiso de los Estados Partes de no aplicar la pena de muerte en su territorio a ninguna persona sometida a su jurisdicción.
La SCJ considera, que las Partes convienen que el objetivo central del Protocolo de que se trata es comprometerse mediante un acuerdo internacional, con el fin de consolidar la práctica de la no aplicación de la pena de muerte dentro del continente americano, sobre la base de los principios de igualdad, soberanía, respeto mutuo, responsabilidad compartida y reciprocidad.
En consecuencia, estableció que no existe impedimento alguno para que el Poder Ejecutivo proceda a someterlo al Congreso Nacional para complementar los trámites constitucionales correspondientes.
El pronunciamiento del tribunal fue hecho a propósito de la comunicación núm. 9728, del 20 de septiembre, mediante la cual el presidente Leonel Fernández, sometió el Protocolo al control preventivo de la constitucionalidad.
El gobernante expuso que el objetivo es salvaguardar el derecho a la vida, mediante el compromiso de los Estados Partes de no aplicar la pena de muerte en su territorio a ninguna persona sometida a su jurisdicción.
La SCJ considera, que las Partes convienen que el objetivo central del Protocolo de que se trata es comprometerse mediante un acuerdo internacional, con el fin de consolidar la práctica de la no aplicación de la pena de muerte dentro del continente americano, sobre la base de los principios de igualdad, soberanía, respeto mutuo, responsabilidad compartida y reciprocidad.
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SCJ Ratifica Protocolo Que Prohíbe La Pena De Muerte En RD
En consecuencia, estableció que no existe impedimento alguno para que el Poder Ejecutivo proceda a someterlo al Congreso Nacional para complementar los trámites constitucionales correspondientes.
El pronunciamiento del tribunal fue hecho a propósito de la comunicación núm. 9728, del 20 de septiembre, mediante la cual el presidente Leonel Fernández, sometió el Protocolo al control preventivo de la constitucionalidad.
El gobernante expuso que el objetivo es salvaguardar el derecho a la vida, mediante el compromiso de los Estados Partes de no aplicar la pena de muerte en su territorio a ninguna persona sometida a su jurisdicción.
La SCJ considera, que las Partes convienen que el objetivo central del Protocolo de que se trata es comprometerse mediante un acuerdo internacional, con el fin de consolidar la práctica de la no aplicación de la pena de muerte dentro del continente americano, sobre la base de los principios de igualdad, soberanía, respeto mutuo, responsabilidad compartida y reciprocidad.